El editor de contenidos Checkpoint Tributario nos presenta un trabajo conceptual de las expresiones que se utilizan en torno a la microempresa, pequeña empresa y mediana empresa, cuales son: “Pymes”, “Mipymes” y “Mypes”, todas agrupadas bajo el denominador común “EMT” o “Empresas de Menor Tamaño”. Esto no es nada nuevo para el lector, pero siempre es bueno recordarlas.
Además, realiza una introducción teórica a las bases para hallar el resultado de una EMT sujeta al régimen tributario “Pro Pyme”, que cumple con el concepto de “Pyme” para fines de la Ley de la Renta (art. 14, letra D) de la LIR). Se trata de las Bases de Acumulación (criterio devengado) utilizado en el régimen del art. 14, letra A) de la LIR, y de Efectivo ligado a empresas del régimen del art. 14, letra D) de la LIR (criterio flujo de caja económico) con que se prepara el Estado de Resultados o de Pérdidas y Ganancias.
Finalmente, al conciliar la Base de Acumulación a la Base Efectivo explica el resultado tributario o BI de la empresa del régimen del art. 14, letra D) de la LIR para fines del F22. Lo invitamos a leerlo…
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SANTIAGO, miércoles 19 de julio de 2023.