El presente texto efectúa un análisis sobre la doctrina del perdón de la causal, partiendo por los fundamentos doctrinarios de la misma, para pasar a un análisis de la jurisprudencia judicial reciente en que se ha dado aplicación a dicha doctrina. Todo ello con objeto de determinar cuáles son las condiciones concretas para la aplicación de la doctrina y cuándo se puede hacer excepción a ella.
En efecto, el perdón de la causal de despido supone que el empleador debe reaccionar con inmediatez ante la verificación de una causal de despido, de manera tal que se puede privar de justificación a dicho despido, si el empleador no ha ejercido su poder disciplinario en un plazo razonable. Así entonces, si el empleador deja pasar una determinada cantidad de tiempo, una vez que el trabajador ha incurrido en la causal de despido, crea en el trabajador la legítima confianza en que el empleador no usará su poder disciplinario respecto de aquellos hechos.[1]
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Perdón de la causal de despido en la jurisprudencia judicial laboral. Análisis de casos. Parte 1.
Santiago, 26 de enero de 2023.
[1] Raúl Fernández Toledo (2014). La Inmediatez en el Ejercicio del Poder Disciplinario Empresarial: Perdón de la Causal. (Sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, 28 de agosto de 2013, Rol Reforma Laboral N° 220-2013 Causa “Empresa ECA Picha S.A. con Yasmín Tapia Carvajal”). Revista Chilena de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, 5 (9): 244