Dirección del Trabajo emite Dictámen N° 362/19, con fecha 7 de junio de 2024, interpretativo de la Ley N° 21.643, denominada “Ley Karin”

Con fecha 15 de enero de 2024, se publica Ley N° 21.643, que “Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo”. Dicho cuerpo legal, cuenta con vigencia diferida al 1 de agosto de 2024.

Las modificaciones que dicha ley efectúa al Código del Trabajo se pueden agrupar en tres partes. La primera modificación dice relación con el artículo 2° del Código del Trabajo, en cuanto a la definición de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo y en cuanto al concepto de discriminación. En segundo lugar, se modifica el artículo 154 del Código del Trabajo y se agrega un nuevo artículo 154 bis, para incorporar la figura del protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo. En tercer lugar, se modifica el párrafo I, del Título IV del Libro II del Código del Trabajo, y se agrega un párrafo 2° a dicho título, modificándose con ello los artículos 211-A a 211-E del Código del Trabajo. 

Todos los puntos anteriores son analizados por la Dirección del Trabajo, en el Dictámen N° 362/19, con fecha 7 de junio de 2024, al que se puede acceder en el link antepuesto;

Santiago, 15 de julio de 2024.

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