La Circular N° 5, de la Dirección del Trabajo, de 12/07/2024, que “Imparte instrucciones específicas sobre fiscalización ordinaria de materias relacionadas con denuncias Ley 21.643 (Ley Karin).”, regula el tratamiento de las denuncias efectuadas por trabajadores en régimen de subcontratación y respecto de empresas de servicios transitorios.
A su vez, regula el tratamiento de las denuncias por acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo una vez terminada la relación laboral, respecto de la cual si bien no se dará curso a la denuncia, sí se fiscalizará el cumplimiento del empleador de la materias asociadas a Ley Karin. En efecto, las materias a fiscalizar consistirían en a) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; b) Obligación de Informar; c) Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos; Implementación del Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales; Protocolo de prevención de Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo.
Ver texto completo Circular N° 5, de la Dirección del Trabajo, de 12 de julio de 2024.
Santiago, 9 de septiembre de 2024.