La Dirección del Trabajo ha dictado la Circular N° 4, de 12 de julio de 2024, que “Imparte instrucciones específicas sobre nuevo procedimiento de investigación de denuncias por acoso ¡Error! Referencia de hipervínculo no válida.laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo y pronunciamiento de investigación interna en la empresa de acuerdo a los criterios de la Ley N°21.643 (Ley Karin)”.
En la Circular antedicha se regulan los procedimientos internos específicos de las respectivas inspecciones del trabajo, al momento de recibir una denuncia por acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo en el marco de la Ley Karin, sea que éstas se reciban de manera presencial o de manera virtual. A su vez, regula los casos en que la denuncia es presentada por un dirigente sindical o es ingresada a requerimiento de tribunal, entre otras materias.
Ver texto completo de la Circular N° 4, de la Dirección del Trabajo, de 12 de julio de 2024.
Santiago, 9 de septiembre de 2024.